Sí se puede lleva al pleno de mañana una moción en aras de proteger la Plaza del Cristo

MOCIÓN PARA ASEGURAR EL USO Y DISFRUTE PÚBLICO DE LA PLAZA DEL CRISTO, EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
En el año 2008 se emitió un informe del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS España) relativo a denuncia formulada por vecinos y vecinas del entorno de la plaza del Cristo contra los usos que el ayuntamiento introdujo en ese espacio público de la ciudad, bien cultural del patrimonio mundial, concretamente refiriéndose al traslado del Mercado municipal a esa plaza tras el abandono de su emplazamiento original, una decisión de la que el pasado 20 de julio se cumplieron 11 años.
Ese informe es contundente a la hora de valorar esa decisión, literalmente dice: “El caso que se presenta a informe es un claro ejemplo de menoscabo del valor patrimonial de la ciudad a causa de su degradación por ocupación de espacios públicos comunales por la introducción de usos insanos y molestos en un espacio cívico de carácter cultural y patrimonial. Así mismo, entraña el menoscabo del disfrute pacífico del derecho de fruición colectiva de un bien o parte de él, en este caso la Plaza del Cristo de la ciudad de San Cristóbal de La Laguna, pieza fundamental del conjunto de espacios cívicos definidos como piezas esenciales del valor cultural y patrimonial del Bien Cultural inscrito en la Lista de Bienes Patrimonio de la Humanidad”.
En el expediente administrativo, «Dossier Complementario al Expediente de la Solicitud de Inscripción del Conjunto Histórico de San Cristóbal de La Laguna en la Lista de Bienes del Patrimonio Mundial», que fue objeto de informes sucesivos durante su tramitación por parte de ICOMOS España y de los preceptivos evaluadores internacionales de ICOMOS, y en el que figura este conjunto monumental en la descripción de la ciudad, ubicado en posición relevante en el callejero histórico, pieza fundamental de su trazado y de la posición simbólica que se asigna a los conventos en la ciudad, en el mismo se comenta que la «Plaza de San Francisco: Tiene su origen en la finalización del proceso de construcción de la ciudad acordado en 1514, el repartir solares desde la calle de Anchieta hasta la actual de Quintín Benito. Entre ésta y la muralla del convento franciscano existió desde antiguo una explanada, que había sido dehesa de la villa, y que seguiría siendo utilizada ocasionalmente para el pasto de ganado, también tuvo alguna era, y al instalarse los Capitanes Generales junto al convento, llegó a ser ocasionalmente campo de tiro y lugar de entrenamiento militar. Fue utilizada como lugar de esparcimiento, especialmente con relación a las fiestas del Cristo”. En esta descripción se hace evidente el uso público continuado desde hace al menos cinco siglos, un usos público vinculado a las actividades que se realizaban en el ámbito.
Con respecto al Santuario del Cristo hay que recordar que con fecha 12 de febrero de 1985, se dicta Resolución de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias, por la que se incoa el expediente para declarar Bien de Interés Cultural al conjunto que conforma el Santuario del Cristo de La Laguna.
Este proceso ha sufrido un largo trámite administrativo que continúa adelante, especialmente después de que en el año 2003 se trató de establecer una nueva propuesta de delimitación del futuro BIC que en opinión del Ministerio de Defensa afectaba a suelos de interés para la defensa, lo que ha generado un largo proceso jurídico y competencial posterior, que sin duda no ha ayudado a concluir la tramitación de este BIC.
Hay que recordar que la propuesta de delimitación que se justifica “por la necesidad de establecer un entorno de protección que acoja el actual Santuario del Cristo, reedificado en 1811 tras el incendio que lo había destruido el año anterior. Asimismo, se incluye en el perímetro el edificio anejo de la Venerable Esclavitud del Cristo y la residencia conventual levantada entre 1814 y 1820, que a partir de 1839 fue destinado a acuartelamiento de las milicias provinciales y, posteriormente, al Regimiento de Artillería n% 93. En este sentido, se ha pretendido englobar la mayor parte del antiguo convento franciscano, a pesar de las transformaciones experimentadas desde mediados del siglo XIX. Hacia el este, el entorno de protección acoge la residencia de oficiales y otro inmueble destinado a administración, ambos relativamente recientes y cuya inclusión en la delimitación obedece a la necesidad de prevenir posibles impactos futuros que puedan afectar al ámbito inmediato al Santuario, tanto en sus valores arquitectónicos y simbólicos como en la apreciación del mismo”.
El propio técnico de la Unidad de Patrimonio Histórico del Cabildo contesta en marzo de 2003 a la alegación presentada por el Ministerio de Defensa en la que dice que “…una segunda motivación para incluir las citadas instalaciones militares obedece a la proximidad con el edificio religioso, por lo que cualquier obra o alteración en ellas podría generar impactos negativos en el entorno inmediato al Santuario y en la percepción y estudio de sus valores. Por último se pretende evitar futuras operaciones especulativas en las que un cambio de titularidad de las instalaciones militares diera origen a afecciones urbanísticas irreparables para el inmueble a proteger”.
Desde hace varios meses se ha publicado en diversos medios de comunicación información relativa a la puesta en marcha de un velatorio- tanatorio junto a la zona del Santuario del Cristo, en un ámbito que según el Plan General de 2004 estaba catalogado como Monumental 2 y en la ficha se describía ese lugar se indica que “forma parte muy importante del homogéneo ambiente urbano tradicional de la Plaza de San Francisco”. Por su parte en la ficha del Plan Especial de Protección del Casco se recuerda que la plaza es el “espacio de mayores dimensiones del Centro Histórico, 11.000 m2” es un edificio singular con clasificación Ambiental 1, una categoría que según el Plan Especial es “Aplicable a todas aquellas construcciones que hayan sufrido sucesivas transformaciones, pero que conserven sin alterar parte de sus elementos volumétricos y espaciales originales. En este tipo de edificaciones, deberán conservarse y restaurarse en su totalidad todos los elementos originales existentes, tanto estructurales y constructivos como decorativos, adecuándose las partes alteradas a las características volumétricas, constructivas y espaciales de la tipología original Se permiten obras de consolidación, conservación, restauración, rehabilitación y reestructuración funcional. Se permitirá la demolición de todos aquellos elementos modificados o discordantes con las características tipológicas y ambientales de los inmuebles, señalados en las fichas de ordenanza. En el caso de que se permita la incorporación de nueva edificación, deberá atenerse a los parámetros previstos para cada caso en las fichas de ordenanza específica elaboradas para cada edificación catalogada del Conjunto Histórico”.
A este respecto debemos recordar que en el propio Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico existe un proyecto de espacio público de julio de 2005 en el que ya se habla de la necesidad de mejorar la urbanización de la plaza para ampliar sus usos por parte de la ciudadanía en el que proponían “rearbolar la plaza”, “mejorar el amoblamiento y la iluminación, sustituyendo los elementos agresivos actuales” y evidenciaba el “pésimo diseño de desagúe de la plaza que hace que se llene de charcos” y “mobiliario urbano peligrosos, que ya han causado numerosos problemas al Ayuntamiento en los momentos de aglomeraciones”.
El proyecto presentado por el grupo Mémora implica, según los diseños difundidos, implica un impacto en el conjunto de una plaza que además es considerada Plaza de Interés Insular y en el ámbito en el que está incoado el Bien de Interés Cultural del Santuario, con categoría de monumento. Creemos que en ambos casos una obra de estas características es totalmente incompatible con el uso público de la plaza y sus valores patrimoniales y urbanísticos.
Igualmente hay que indicar el rechazo que esta iniciativa ha generado en el movimiento vecinal y asociativo del municipio, que reclama desde hace tiempo recuperar la plaza para su uso público, con el desarrollo de algunas de las recomendaciones que se aprobaron en el Plan Especial de Protección actualmente vigente o las que puedan desarrollarse en caso de que se logre acordar un nuevo documento.
Recordamos además que, según el informe del ICOMOS, el emplazamiento provisional del Mercado en esta zona tampoco se ajusta a la normativa de protección del patrimonio que implicó la concesión del título de Patrimonio de la humanidad. Dicho documento es contundente a la hora de afirmar que *se concluye que los acuerdos municipales conducentes a la instalación del mercado y diversas concesiones para usos recreativos tales como la instalación de una pista de hielo y otros INCUMPLEN la normativa en materia de protección del patrimonio histórico-artístico”.
Recuperar los espacios públicos es fundamental para generar mejor calidad de vida entre la ciudadanía, fomentando paralelamente los usos culturales, deportivos o de ocio adecuados para cada ámbito.
El acuerdo que solicita Sí se puede al resto de los grupos el el siguiente:
Por todo ello el pleno de La Laguna se ACUERDA:
1. Paralizar temporalmente y de forma cautelar las licencias y autorizaciones municipales vinculadas con el emplazamiento de un velatorio-tanatorio en el entorno de la plaza del Cristo, en tanto se resuelven las dudas referidas al mismo.
2. Rechazar aquellos usos y actividades reservadas que puedan afectar al uso y disfrute público de la plaza del Cristo.
3. Estudiar el proyecto tanatorio-velatorio en zona privada propuesto para el ámbito del Santuario del Cristo de La Laguna con vistas a tomar una decisión definitiva y debatir el mismo en una reunión extraordinaria del Consejo Municipal de Patrimonio, con presencia de las entidades y asociaciones interesadas.
4. Informar de los estudios anteriores y de los informes técnicos a los colectivos vecinales interesados.
5. Realizar los estudios del tráfico necesarios para evaluar las posibles afecciones al uso público-peatonal del tránsito de vehículos mortuorios por el espacio de la plaza.
6. Apoyar la conclusión del proceso de declaración del Santuario del Cristo como Bien de Interés Cultural, pidiendo a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura la máxima celeridad posible a los trámites pendientes.
7. Reafirmar la voluntad del Pleno de recuperar los usos civiles y públicos de los espacios pertenecientes al Ministerio de Defensa en el Cristo.
8. Manifestar el apoyo del Pleno de La Laguna al colectivo de comerciantes del Mercado en su justa demanda de regresar a la ubicación que ocupaban originalmente y que el mismo se realice antes del fin del próximo mandato.
9. Poner en valor la plaza del Cristo como el mayor espacio público del ámbito Patrimonio de la humanidad, realizando iniciativas urbanísticas participativas para garantizar su mejor disfrute por la ciudadanía.
