El plazo de solicitudes para el ingreso en el Consejo de la Juventud de Canarias finaliza el 8 de enero
Las entidades juveniles que cumplan con los requisitos necesarios para pedir su ingreso y designar representantes en el Consejo de la Juventud de Canarias podrán presentar solicitudes hasta el 8 de enero de 2018, tras la convocatoria excepcional abierta por la Dirección General de Juventud del Gobierno de Canarias para lograr la mayor participación y representación del colectivo de población joven en dicho órgano. La información relativa a esta convocatoria está disponible en http://www.juventudcanaria.com
Este procedimiento tiene como objetivo la incorporación al Consejo de la Juventud de Canarias de aquellas entidades juveniles que no pudieron hacerlo mediante el proceso de participación convocado mediante Resolución de la Dirección General de Relaciones Institucionales, Participación Ciudadana y Juventud de 18 de mayo de 2015.
El Consejo de la Juventud de Canarias es un órgano colegiado de participación juvenil, representación y consulta en el desarrollo de las políticas en materia de juventud en el ámbito de Canarias, que tiene como objetivo canalizar las iniciativas y propuestas de los y las jóvenes en un espacio independiente y velar por los mecanismos que garanticen su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de Canarias. Tiene carácter asesor, consultivo y con capacidad de propuesta, iniciativa y evaluación de las políticas que se dirigen a la juventud.
Este proceso excepcional, publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el pasado 7 de diciembre, se ha convocado previamente a la elección de la primera Comisión Permanente y disolución de la actual Comisión Gestora del Consejo de la Juventud con el fin de lograr la mayor participación y representación del colectivo joven.
Según el Decreto 61/2015, de 23 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de la Juventud de Canarias, podrán ser miembros de pleno derecho del Consejo de la Juventud de Canarias las personas designadas representantes de las asociaciones de jóvenes constituidas legalmente, las secciones juveniles de asociaciones de cualquier ámbito que cuenten con órganos de representación y decisión propios y plena independencia para los asuntos juveniles y las federaciones de asociaciones legalmente constituidas que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, todas ellas que cumplan con los requisitos establecidos en dicho decreto, y los Consejos de la Juventud Insulares.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría de la Comisión Gestora del Consejo de la Juventud de Canarias, órgano colegiado de la Dirección General de Juventud y deberán presentarse acompañadas de toda la documentación exigida en las bases de la convocatoria y con arreglo al modelo establecido en la sede electrónica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad: https://sede.gobcan.es/cpji/, y deberán estar firmadas por la persona que ostente la representación legal de la entidad, o en su caso, de la Sección Juvenil de la entidad, mediante el sistema admitido por la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

