Conocemos los entresijos del Sorteo de Lotería de Navidad: Lotería Navidad

Aquellos sorteos del salón de la calle Guzmán el Bueno. Foto archivo.
Los artículos 18 y 20 aclaran que “no se satisfará premio alguno sin la previa presentación del billete o fracción que lo obtenga, cuyo documento no podrá ser reemplazado ni sustituido de ningún modo” y que “los billetes rotos o deteriorados que ofrezcan duda sobre su validez, así como aquellos que inspiren sospechas de falsificación, serán sometidos a reconocimiento Oficial, y no serán satisfechos sin orden expresa del Jefe del Servicio. Si ésta fuese denegatoria del pago, el portador del billete o fracción podrá recurrir en alzada ante el Ministro de Hacienda”.
Si el custodio pierde o le roban el décimo, no servirán las fotocopias ni las fotografías digitales. En caso de robo, no está de más interponer una denuncia. Pero para que sea útil, en el décimo robado o perdido deberían constar la firma del titular, sus datos personales y número de teléfono. Y que el propietario tenga una fotografía del mismo. El Tribunal Supremo sentó jurisprudencia al respecto. Además de la denuncia, hay que informar a Loterías y Apuestas del Estado para suspender el pago del premio.
Por otra parte, quien se encuentra un décimo premiado no puede cobrarlo así como así. Bueno, en realidad sí. Y cruzar los dedos. Pero si se da el caso de una denuncia por robo y queda demostrada, podríamos ser acusados de un delito de apropiación ilícita, según el artículo 254 del Código Penal. Y, tendríamos que devolver el dinero cobrado al dueño legítimo.
