El Supremo rechaza suspender de urgencia el acuerdo de la Junta Electoral que inhabilitó a Junqueras

 El Supremo rechaza suspender el acuerdo de la Junta Electoral que inhabilitó a Junqueras

El Supremo también tiene que deliberar sobre la sentencia del TSJUE sobre la inmunidad de Junqueras

El Tribunal Supremo ha desestimado este jueves la medida «cautelarísima» que presentó la defensa del líder de ERC en prisión, Oriol Junqueras, para suspender de urgencia la inhabilitación de la Junta Electoral Central (JEC) que le impedía ser eurodiputado, al estar condenado por sentencia firme a 13 años de prisión por el «procés».

La Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo debía deliberar este jueves sobre esta medida de urgencia solicitada por la defensa para levantar  la inhabilitación dictada el pasado 3 de enero por la JEC a Junqueras.

Finalmente, el Alto Tribunal ha desestimado por unanimidad el recurso porque «la existencia de la resolución condenatoria», en referencia a la sentencia firme del Tribunal Supremo de 13 años de prisión y otros 13 de inhabilitación a Junqueras por el caso del ‘procés’, «determina que no se pueda dar lugar a la petición del recurrente».

Añade además que el rechazo a la medida cautelarísima de suspensión «no vulnera los derechos fundamentales invocados por Junqueras» ni el derecho de la Unión Europea a la luz de la propia sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) del 19 de diciembre que reconoce la inmunidad de Junqueras y que es la que esgrime la defensa en su recurso.

El auto concluye recordando que “la prevalencia obligada a la jurisdicción del orden penal impiden a esta Sala adoptar decisiones que pudieran interferir en la ejecución de una sentencia penal firme o entorpecer la eficacia de sus pronunciamientos”.

Tras denegar las cautelarísimas, el tribunal tramitará ahora la petición de Junqueras como medidas cautelares, lo que implica que debe oír a las partes, por lo que da un plazo de cinco días a la Junta Electoral para que presente sus alegaciones.

La JEC había declarado la pérdida de condición de eurodiputado a Junqueras al considerar su condición de ineligibilidad en las elecciones del 26 de mayo sobrevenida del artículo 6.2 (a) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) como consecuencia de su condena a 13 años de pena de privación de libertad en la causa del procés.

La defensa recurrió al Supremo el pasado martes y pidió como medida «cautelarísima» que se suspendiera en un plazo de 48 horas la inhabilitación para que Junqueras pudiera recoger su credencial como eurodiputado el próximo lunes en el Parlamento Europeo.

El Supremo delibera sobre la sentencia del TJUE

También la Sala de lo Penal del Alto Tribunal está reunida desde las 11:00 de la mañana para debatir cómo aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que reconoció la inmunidad como miembro de la eurocámara del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña condenado por sedición.

Este segundo debate es el esencial, pues resuelve sobre el fondo y es del que depende una eventual excarcelación del líder independentista. Para resolver esta cuestión no hay un plazo establecido aunque fuentes jurídicas señalan a Europa Press que la decisión se conocerá en todo caso antes de que termine la semana.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha definido al Supremo en un tuit coomo «un tribunal español que no acata la justicia europea» y a señalado que «la preocupación crece en toda Europa por la degradación democrática de España».

Tras rechazar la medida cautelarísima solicitada por la defensa de Junqueras, la Sala de lo Contencioso estudia ahora si suspende de urgencia el acuerdo de la JEC sobre Quim Torra.

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